martes, 2 de septiembre de 2014

Ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo (2014-2015)


  • Descripción:

    Ayudas para cursar estudios reglados de enseñanza en niveles obligatorios y postobligatorios detallados en la convocatoria.
  • Modalidades:
    • Ayudas y subsidios para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta.
    • Ayudas para programas complementarios, a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades.
  • Destinatarios:
    Alumnos escolarizados en centros educativos españoles, que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos.
  • Requisitos:
    • Generales: acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayuda a conceder
    • Económicos
  • Dotación:
    La cuantía a conceder tendrá distintos componentes, en función de los requisitos y circunstancias del solicitante.
  • Plazo de presentación


    • Desde: 14 de julio de 2014
    • Hasta: 30 de septiembre de 2014
    • Plazo de presentación abierto

  • ¿Cómo realizarlo?:
    A través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante formulario on-line.

Convocatoria:

Solicitud:

  • Documentación requerida:
    Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
    • Certificado de discapacidad.
    Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje: certificados específicos de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente según los modelos que genera el formulario y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
    Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.
  • Lugar de entrega:
    Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
    Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado, en el centro educativo en que se van a realizar los estudios en el curso 2014/2015.

Más información sobre este trámite o servicio:

  • 1.-¿Qué tipo de ayudas recoge esta convocatoria y qué incluyen ?

    • Ayudas Directas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por trastorno por déficit de atención por hiperactividad (TDAH):
      • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
      • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
      • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
      • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
      • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
      • Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
      • Libros y material didáctico:
        • Para Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
        • Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
      • Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las bases de la convocatoria, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.

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